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  • En el finiquito también entrarían otras prestaciones extralegales?
  • DERECHO LABORAL
  • Cuando un trabajador renuncia, solamente se le entrega como finiquito los salarios devengados ?
  • - Sí, si existen otras prestaciones adicionales que la empresa otorga a los trabajadores, también se deben incluir en el finiquito. Normalmente las encontramos en el Contrato Colectivo de Trabajo; anteriormente muchos trabajadores desconocían las prestaciones adicionales y las prestaciones superiores a las que establece la ley, pero ahora, los Contratos Colectivos son públicos y se puede verificar qué prestaciones corresponden.
  • No, como hemos visto, existen derechos irrenunciables y además de los salarios devengados, se debe entregar al trabajador el proporcional de aguinaldo, el proporcional de vacaciones y la prima vacacional, independientemente de la razón por la que termina la relación de trabajo.
  • Eso que comentas es la indemnización que establece el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo. Normalmente en un finiquito no encontramos indemnizaciones y cuando se dialoga para evitar un conflicto, se agregan como "gratificación por los servicios prestados". El artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo, establece una indemnización de 20 días por año de servicios prestados en el caso de los trabajadores contratados por tiempo indefinido y si se llega a un juicio, procede cuando el trabajador demanda la reinstalación y se comprueba que existió un despido injustificado y tampoco es lo mismo que la indemnización constitucional por despido.
  • -A un ex compañero de trabajo cuando lo despidieron, en su finiquito le incluyeron una presentación que decía que le otorgaban 20 días por año de servicios; eso es una prestación de las que comenta nuestro compañero?
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