Felipe se encontraba fuera de la país realizando una entrevista de trabajo para una empresa internacional, al final de la entrevista le comentaron que era difícil contratarlo por que tenia antecedentes penales ( Leves) y eso dificultaba el procesos de admision.
FELIPE AL ENTERARSE DE LO SUCEDIDO EN LA ENTREVISTA DECIDE LLAMAR A SU ABOGADO PARA CONSULTARLE POR QUE LA POLICIA NACIONAL NO HABIA BORRADO DE LA BASE DE DATOS ESTA SENTENCIA PENAL QUE YA SE HABIA CUMPLIDO, Y LLEVABA 6 MESES DE HABERSE TERMINADO.
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EL ABOGADO CUANDO SU CLIENTE LE COMENTA ESTO DECIDEN ENTRAR AL LA PAGINA DE LA POLICA NACIONAL Y BUSCAR EN CONSULTA EN LINEA DE ANTECENDETES Y REQUERIMIENTOS JUCIALES y al revisar le salía el siguiente mensaje : “el resultado de consulta no puede ser generado . Por favor acérquese a las instalaciones de la Policía Nacional más cercanas para que pueda adelantar su consulta”
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EL COMANDANTE DE LA POLICIA LE RESPONDE DE UNA MANERA POCO PROFESIONAL Y SIN INTERES Y LE COMENTA.......
LUEGO DE ESTO EL ABOGADO LLAMA AL JEFE DE LA POLICIA Y LE COMENTA QUE SU CLIENTE NO ESTABA EN EL PAIS. LE PIDO EL FAVOR QUE EXPIDIERA UNA CERTIFICACION EN QUE LA CONSTARA QUE , PARA ESTA FECHA, SU REPRESENTANTE NO REGISTRABA ANTECEDENTES PENALES YA QUE EXISTINA LAS PRUBEAS CORRESPONDIENTES
La información sistematizada de antecedentes penales y/o anotaciones, así como de órdenes de captura de la Dirección de Investigación Criminal , se pudo advertir que el ciudadano Felipe se encuentra vinculado a una investigación que adelanta la Fiscalía 89Seccional Medellín y que debido a esto el ciudadano debe solicitar el estado del proceso de manera presencial.... y de momento no puedo brindarle mas informacion...
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El abogado se da cuenta que existe una Vulneración por negativa a certificar antecedentes penales de ciudadano, vulnerando el mecanismo de protección conocido como el HABEAS DATA
Además de vulnerar el derecho a rectificar las informaciones que no corresponde a la verdad y derecho a actualizar la información
Definición de HABEAS DATA: Habeas data consiste en que toda persona debe estar habilitada para conocer y acceder a la información que sobre ella se encuentra recogida en una base de datos, especialmente cuando el dato es de contenido negativo y el administrador actúa en ejercicio de una función pública.
Traigo el derecho de petición escrito y solicitado por mi cliente
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OFICINA POLICIA NACIONAL DE MEDELLIN
Luego de darse cuenta la vulneración del derecho el abogado se dirige a solucionar el caso utilizando el mecanismo de protección ciudadana conocido como el DERECHO DE PETICION
Con gusto le hare llegar el derecho de petición a mis superiores .....
El derecho de petición lo contempla la Constitución de Colombia en su artículo 23, que permite a los ciudadanos presentar solicitudes y hacer peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
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Es justificable este derecho de petición. redactare la respuesta al peticionario
Luego de recibir el derecho de petición según la LEY 1755 DE 2015 se dice que Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción.
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15 DIAS DESPUES ......
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Hola felipe ! , tengo buenas noticias.... luego de enviar tu derecho petición hemos recibido la respuesta por parte de la policía nacional dentro del marco legal de tiempo estipulado y han actualizado la base de datos y borrado tus faltas penales ya cumplidas... ya estas limpio
Genial!!! , ya podre volver a Alemania a presentar nuevamente el proceso de entrevista para mi nuevo trabajo
Con el caso finalizado como ciudadano es importante que usted conozca que :Las autoridades no puede limitar al titular del dato ni a los terceros legitimados para ello el acceso al mismo, en especial cuando se trata de una información de contenido negativo, cómo es el caso de los antecedentes penales y los requerimientos judiciales, toda vez que ello contraviene los principios de acceso, libertad, transparencia y veracidad que gobiernan la administración de los datos personales.
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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS :Ley 1755 de 2015 - Gestor Normativo. (s. f.). Función Pública. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=65334https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2021/SU139-21.htm