FASE 1: CONSISTE EN SOMETER A CONSIDERACION EL PROGRESO UN PROYECTO DE LEY. TODA INICIATIVA PRESENTADA DEBE SER TURNADA A UNA COMISION EN ESPECIFICO.
crees que acepten mi ley, es muy buena ya que a habido varios casos de difamación
Yo creo que si es muy buena y tienes razón son varios casos que nos han llegado
FASE 2: DICTAMACION ES UN DOCUMENTO QUE OMITE Y GOTA UNA COMISION PARA CALIFICAR QUE TAN VIABLE ES EL PROYECTO DE LEY, EN DONDE SE DETERMINA SI SE APRUEBA, SE RETOMA O RECHAZA LA INICIATIVA.
Los reuní para proponerles una nueva ley ya que ha habido mucha difamación en contra de muchas personas "ley contra la difamación en redes sociales".
Se escucha bien pero cuales serian tus artículos
FASE 3: DISCUSION DE LA LEY. LOS LEGISLADORES ANALIZAN PRIMERO EL CONJUNTO Y DESPUES EN LO PARTICULAR O SEA CADA UNO DE LOS ARTICULOS. LOS REPRESENTANTES PUEDEN DEBATIR YA SEA EN CONTRA O A FAVOR DE LA LEY.
Tengo 5 artículos: articulo 01 será sancionado la persona que suba fotos a cualquier documento difamador. Articulo 02 el que la persona que esta difamando no sepa de esta ley no exime de su cumplimiento. Articulo 03 sea hombre o mujer el afectado será igual el castigo para el difmador.
Articulo 04 el afectado deberá mostrar pruebas para aprobar que esta siendo difamado. Articulo 05 la difamación por cualquier motivo no es justo ni honesto.
Ahora ya dicho tus artículos serán analizados a debatir sea favor o en contra.
Las senadoras platican sobre la ley.
FASE 4: LA VOTACION. LOS LEGISLADORES VOTARAN PRIMERO EN LO GENERAL Y SI SE APRUEBA CONTINUARA LA DESICION PARA SER VOTADO EN LO PARTICULAR Y SI TODO SALE BIEN LA INICIATIVA ENTONCES ES ENVIADA A LA CAMARA REVISORA.
Votamos a favor.
En contra.
Se reúnen diputados y senadores, legisladores del estado.
FASE 5: LA COMISION. LA CAMARA REVISORA PUEDE SER LA QUE ORIGINO LA LEY Y LA APROBO DE IGUAL FORMA AQUI SE LLEVA A CABO EL MISMO PROCEDIMIENTO DE ESTUDIO, DICTAMEN, DISCUSION Y APROBACION.
Ahora bien se dará a conocer la ley si fue aprobada o no fue aprobada
Se da a conocer las leyes, junto con los senadores, diputados y legisladores, a partir de eso se dará a conocer la votación.
FASE 6: PROMULGACION. UNA VEZ APROBADA POR AMBAS CAMARAS NUESTRO DECRETO ES ENVIADO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA QUIEN TIENE DOS OPCIONES, HACER OBSERVACIONES Y REGRESARLO A LA CAMARA DE ORIGEN PARA SU DISCUSION Y POSIBLE MODIFICACION Y ENTONCES MANDARLO A PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL.
NUEVA LEY
Se da a conocer los votos de los senadores diputados y se manda a la cámara revisora.
La cámara revisora dará a conocer si fue aprobada la ley y se enviara al presidente de la republica.
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El presidente de la republica aprobó la ley y lo dará a conocer en el diario oficial.
Se da a conocer nuestra nueva ley "ley contra la difamación en redes sociales"